miércoles, 26 de mayo de 2021

DESOBEDIENCIA CIVIL

 


“Es a través de la desobediencia y la rebelión que se ha hecho el progreso”.  Oscar Wilde

La desobediencia civil no es hablar de caos, ni de lucha armada, ni de oponernos a una  democracia formal sin garantía de derechos, y cuando hablamos  de derechos, estos son los naturales como la vida, la propiedad, podemos hablar del derecho a trabajar, a la libertad de pensamiento, cuando este un estado no defiende ni respeta estos derechos naturales e inalienables se convierte en un régimen tan odioso como cualquier dictadura.

Los gobiernos odian la desobediencia civil porque es la forma que un ciudadano descontento manifieste su negativa a obedecer dócilmente una ley promulgada sino también es la acción misma del ciudadano, acción que los gobernantes desean que no suceda, pues prefieren ciudadanos alejados del quehacer político.

No queremos democracia únicamente para poder votar como si fuera un concurso televisivo, queremos democracia para transformar la sociedad, para acabar con las leyes injustas. Thoreau se preguntaba “¿Debe el ciudadano, alguna vez, por un momento, o en el menor grado, renunciar a su conciencia ante el legislador? ¿Por qué cada hombre tiene una conciencia entonces? Creo que debemos ser hombres primero, y sujetos después”. Si la elección es la obediencia o la conciencia, hago lo posible por elegir la conciencia.

No hay que ser ningún bárbaro para poder hablar o defender la desobediencia civil, nuestros gobernantes y los medios de comunicación buscan justamente eso que pensemos que la democracia es, solamente el acto electoral.

De hecho los mayores referentes morales a lo largo de la historia de las democracias, (en esta época podemos hablar de David Thoreau, de Bertrand Russell, de Mahatma Ghandi, de Martin Luther King, de Rosa Parks), todos ellos, absolutamente todos ellos, fueron desobedientes civiles, el problema no es la desobediencia sino es precisamente la obediencia silenciosa, autista, en la cual e el pueblo se sumerge.

Eric Fromm decía “que el acto de la desobediencia es como el acto de la libertad, porque es el comienzo de la razón”

Dos frases para pensar:

  1. “La desobediencia es el verdadero fundamento de la libertad, por lo tanto los obedientes deben ser esclavos” David Thoreau.
  2. “Si no se aprende, la sinceridad se vuelve en grosería, la valentía en desobediencia, la constancia en capricho, la sabiduría en estupidez, la desobediencia en compasión, la veracidad en terquedad”  Confucio.

La obediencia ciega elimina el amor propio, vence el derecho a progresar, disminuye las ganas de vivir con dignidad y elimina el orgullo de ser único.

El filósofo John Rawls nos comenta sobre el propósito de la desobediencia civil ante una autoridad democrática legítimamente establecida. La desobediencia civil rawlsiana muestra pretensiones antiautoritarias en función del mantenimiento de un orden justo, y cuyo gestor se ubica en la sociedad civil. Ahí se comparten valores tales como la justicia, la diversidad, el respeto mutuo, el sentido de dignidad y el respeto a la libertad. La sociedad civil está conformada por elementos tales como el carácter asociativo, cooperativo y plural, y por la razón pública para el alcance de acuerdos y la defensa de la justicia.

Existen nuevas formas de participación ciudadana presentes en las democracias occidentales de este siglo XXI, ellas  han mostrado ser capaces de influir en los procesos políticos y en la formación de ciertos considerandos políticos.

Lo que debemos tener presente es que ellas ayudan a la toma de decisiones para la más sana convivencia político-social.

La acción humana en el quehacer político se ha incrementado a tal punto que han reactivado de manera importante a la sociedad civil frente a las formas políticas hasta ahora dominantes —y no siempre aceptables— en la esfera de la política. Es una realidad que los ciudadanos insertos en la sociedad civil no siempre encuentran los cauces adecuados para que sus peticiones y deliberaciones logren ser escuchadas y ser atendidas en la agenda política. Así, y para posibilitar la remoción de estas trabas, la sociedad civil ha encontrado como recurso la trasgresión de una norma jurídica, con la finalidad explícita de provocar un debate abierto acerca de la justicia, su constitucionalidad y su oportunidad. Esta posibilidad conforma —en John Rawls— una opción en una sociedad democrática para el alcance de la justicia, concepto que constituye la primera virtud de las instituciones sociales

La desobediencia civil, que aunque no sería el recurso más esperado, es, sin embargo, una posibilidad para el alcance de la justicia.

“La desobediencia civil es una forma de protesta, en la cual aquellos que protestan, violan deliberadamente la ley; violación y protesta que en general no son violentas. Sin embargo, este proceder es problemático y muchas veces lleva a cuestionar si tal opción resulta legítima o no.  El tema de la desobediencia civil nos conduce a reflexionar acerca de la posibilidad de encontrar un recurso ante leyes injustas o instituciones ilegítimas, de ahí que tal recurso sea distinto de una infracción o trasgresión de las leyes, en tanto pretende llamar la atención en relación con una ley injusta, porque va en pos de una causa justa. El conflicto en el que se basa la desobediencia civil se articula entre lo que es la justicia, y lo que es la ley, y aclara la problemática que constituye una trasgresión que persigue un bien colectivo, al intentar el logro de cambios en la legislación impugnada. El derecho injusto no obliga —ni moral ni políticamente hablando— a su cumplimiento; y la desobediencia a las leyes injustas es una forma de apoyo a las instituciones justas. El conflicto entre justicia y ley se comprende mejor al considerar la práctica socio política, puesto que ésta genera en su seno una prueba de constitucionalidad, y se expresa como el ejercicio de un derecho. Es así que, desde esta perspectiva, la desobediencia civil es aceptada en todo caso, como último recurso frente a leyes que no cumplen con la meta de justicia”.




Es importante distinguir la desobediencia civil, de la objeción de conciencia, ya que la segunda aduce motivos exclusivamente morales. Ésta es una acción privada e individual y no pública, y no tiene una finalidad de cambiar o derogar leyes como lo pretende la primera. Es cierto que ambas disidencias tienen el imperativo moral de oponerse a la instrumentalización del ser humano.

Históricamente hay ejemplos que se han considerado como modelos de desobediencia civil, aunque quizá, algunos de ellos no son sino objeción de conciencia. Uno de los primeros ejemplos se patentiza en Sócrates, quien defendió que, desde la conciencia reflexiva individual, no es necesario obedecer las leyes que van contra tal conciencia. Sócrates acepta que aunque se han de obedecer las leyes de la polis que regulan el Estado, sin embargo, se tiene el derecho a desobedecer aquellas que, según las propias convicciones morales, las personas estamos en desacuerdo, y por ello, se habrán de aceptar las consecuencias que conlleva la desobediencia.

Otro ejemplo histórico es la llamada “Revolución del Canto” de Europa del Este la Unión Soviética no pudo mantener su influencia y dominio en alguno países de Europa del Este, los ciudadanos de los Estados bálticos y de Rumania hicieron la vida miserable a los señores comunistas. En Estonia, la “Revoluciòn del Canto” puso la desobediencia civil generalizada en la música. En Polonia, un floreciente movimiento clandestino produjo mercados negros masivos hasta que el régimen comunista declaró al país “ingobernable” y programó  elecciones libres. Cuando el dictador rumano Nicolae Ceausescu envió tropas para arrestar a un pastor en Timisoara, los feligreses desarmados anillaron la iglesia para defenderlo. Los soldados se negaron a disparar contra ellos, y la Revolución Rumana se desató; el dictador murió al mes.

Existe bibliografía de algunos autores —quienes han sido destacadísimos representantes de la filosofía política contemporánea— que han señalado las cualidades democráticas de este proceder desde hace ya varias décadas. Entre ellos podemos mencionar a Hannah Arendt, John Rawls, Ronald Dworkin, y Jürgen Habermas principalmente. Estos filósofos han trabajado esta forma de acción política de manera seria en sus apuestas teóricas. La desobediencia civil alega motivos ético – políticos y piensa fundamentalmente en el alcance de la justicia. Aquí estriba el que la desobediencia civil sea pública, abierta y compartida, y constituya una forma estratégica de acción colectiva, pero no puede soslayar el contenido moral porque ése es el argumento defensivo fundamental de la no obediencia: la injusticia o ilegalidad de algunas leyes.  Puesto que la Constitución es un proyecto inconcluso y siempre en ciernes, ahí se justifica la desobediencia civil, como lo señalaría, el filósofo alemán Jurgen Habermas

La mayor parte de la teoría moral y legal que rodea a la cuestión de la desobediencia civil —sobre todo en el ámbito anglosajón— se ha inspirado de manera importante en un personaje que tuvo una gran influencia: Henry David  Thoreau, en un célebre texto acerca de la resistencia civil en 1849, acuñó el término de desobediencia civil. El uso que le dio al término de desobediencia civil fue básicamente hacia una resistencia a la tiranía.

Quizá lo que ayudó a su popularidad fue la asociación que muchos hicieron con la campaña de la resistencia no violenta de Mahatma Gandhi, conocida como Satyagraha, en contra del gobierno británico en Sudáfrica y en India. Gandhi citó a Thoreau como una de las influencias más importantes en su vida.

Thoreau impulsó la actitud de ciertos pacifistas antibelicistas británicos —como Bertrand Russel— que se opusieron después a la intervención de Inglaterra en la Primera Guerra Mundial y más contemporáneamente en los estadounidenses que se oponían y desertaban de la Guerra de Vietnam. Su argumento principal apelaba a la objeción de conciencia. La idea de Thoreau era que su única obligación consistía en hacer en todo momento lo que creía justo. Thoreau defendió entonces la desobediencia en un sistema democrático, y señaló que algunas veces la constitución es un problema y no una solución, y los canales legales para cambiarla pueden ser muy lentos. Esto, aunado al individualismo mostrado en sus propuestas donde señala que en una democracia los individuos son soberanos y el gobierno tiene el poder, apenas por la delegación de los individuos libres.

Influyente sobre todo en los Estados Unidos, fue Martin Luther King quien propugnó la desobediencia civil al defender la igualdad de los derechos de los negros frente a la mayoría blanca. Así, propuso la desobediencia a todas aquellas normas y acciones que implicaran la segregación de los ciudadanos negros. Logró que se aceptara la inconstitucionalidad de las leyes segregacionistas y fue claro cuando señaló que aquellos individuos que infringían las leyes que su conciencia les decía que eran injustas, y aceptaban la penalidad de permanecer en la cárcel, ellos estaban impulsando a la comunidad a tomar conciencia de su injusticia. En ese momento estaban expresando su respeto por la ley, una ley que sí apelaba a la justicia.

Todo acto de desobediencia civiles un acto de desobediencia a la ley, pero no todo acto de desobediencia a la ley es un acto de desobediencia civil (R. Dworkin, 1977: 324-327). Así, la desobediencia civil se caracteriza por cumplir las siguientes condiciones:

Primero, en general, es ejercida por personas conscientes y comprometidas con la sociedad -es lo que Hannah Arendt denomina minorías cualitativamente importantes-, lo cual les lleva a ser tan activas como críticas respecto a ciertas decisiones políticas que se han transformado en ley. Los ciudadanos que practican la desobediencia civil son capaces de imaginar un orden social mejor y en su construcción la desobediencia civil se convierte en un procedimiento útil y necesario.




Segundo, se entiende que el comportamiento de estos ciudadanos no está movido por el egoísmo sino por el deseo de universalizar propuestas que objetivamente mejorarán la vida en sociedad.

Tercero, los ciudadanos que la practican se sienten orgullosos. Para ellos, la desobediencia civil es un deber cívico más, es una exigencia que procede de ciertas convicciones a las que es posible atribuir un valor objetivo y constructivo.

Cuarto, el ejercicio de la desobediencia civil ha de ser público.

Quinto, su práctica podrá negar derechos de genealogía no democrática o que pretendan perpetuar privilegios injustificables.

Sexto, Con ella no se pretende transformar enteramente el orden político ni socavar sus cimientos, sino promover la modificación de aquellos aspectos de la legislación que entorpecen el desarrollo de grupos sociales marginados o lesionados o, en su caso, de toda la sociedad.

Finalizando, resulta relativamente fácil justificar la desobediencia civil en una situación de deterioro democrático. Es evidente que no le debemos obediencia a un orden político en el que el gobierno vulnera los principios sobre los que se sostiene el Estado de Derecho -fundamento inexcusable del Estado democrático-, en el que no funcionan los frenos y contrapesos que limitan la absolutización del poder, en el que la ley es elaborada fraudulentamente convirtiéndose en arma de guerra o en el que los adversarios políticos son despojados de sus derechos y son perseguidos por el poder.   Pero: ¿es posible justificar la desobediencia a la ley cuando ésta ha sido realizada cumpliendo escrupulosamente con los procedimientos democráticos o cuando nada amenaza a la democracia?

Las leyes injustas merecen ser revocadas. Pero, ¿puede una ley ser injusta si ha sido discutida y consensuada mediante el sistema político vigente? Sí, las leyes no son infalibles. Entonces, la desobediencia civil es un ejercicio epistemológico, político y civil que coadyuva en la configuración de la sociedad civil. El ejercicio de discusión es siempre vigente. Al respecto Thoreau dice:  “Se pensaría que una negación deliberada y práctica de su autoridad es la única ofensa que el gobierno no contempla; si no, ¿por qué no ha señalado el castigo definitivo, adecuado y proporcionado? Si un hombre sin recursos se niega una sola vez a pagar nueve monedas al Estado, se le encarcela (sin que ninguna ley de que yo tenga noticia lo limite) por un período indeterminado que se fija según el arbitrio de quienes lo metieron allí; pero si hubiera robado noventa veces nueve monedas al Estado, en seguida se le dejaría en libertad” (1987, p. 49).

Así, la desobediencia civil es una opción contraria a la injusticia, por lo que debate en el quehacer programático de la política; es decir, la persona resiste el poder político dominante injusto sin que implique salirse de la sociedad civil. El predicador colonial norteamericano, el reverendo Jonathan Mayhew (1720-1766), tenia un como lema que se convirtió en un grito de guerra revolucionario, “La resistencia a los tiranos es la obediencia a Dios”.

La desobediencia civil es un elemento clave del dispositivo simbólico de la democracia, por lo tanto la obediencia a la ley no puede ser incondicional.

Murray Rothbard en su libro ética de la libertad nos dice “Si, pues, el Estado es la vasta maquinaria de la delincuencia y de la agresión institucionalizadas, la “organización de los medios políticos” con el objetivo de enriquecerse, esto quiere decir que nos hallamos ante una organización criminal y que, por consiguiente, su categoría moral es radicalmente distinta de la de cualquiera de los legítimos dueños de propiedades. (…) Significa, por poner un ejemplo, que nadie tiene la obligación moral de obedecerle. En cuanto que es una organización criminal, cuyas rentas e ingresos proceden de impuestos delictivos, el Estado no puede poseer ningún justo derecho de propiedad. De donde se concluye que no puede ser ni inmoral ni injusto negarse a pagar los impuestos del Estado”.

Hoy resuena las palabras de Paulo Coelho cuando dice “La desobediencia puede ser una virtud cuando sabemos usarla”

Juca Fevel

Bibliografía

García Gonzales, Dora Elvira La desobediencia civil como recurso de la sociedad civil para el alcance de la justicia Signos Filosóficos, vol. VIII, núm. 15, enero-junio, 2006, pp. 25-64 Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Iztapalapa Distrito Federal, México

La desobediencia civil en tanto disidencia. Thoreau, Arendt, Rawls Revista Filosofia Edward Javier Ordóñez Universidad Santiago de Cali.

Diccionario Crítico de Ciencias Sociales Desobediencia civil por Emilio Alvarado Pérez  Universidad Complutense de Madrid

Desobediencia Civil por Henry David Thoreau

Las razones de la desobediencia civil en las sociedades democráticas, por Julieta Marcone. revista Andamios Volumen 5, número 10, abril, 2009, pp. 39-69

Estado de Derecho y Desobediencia civil Revista Polis Revista Latinoamericana, Por Carlos Fabian Pressacco.

Ética de la libertad por Murray Rothbard.


Autor: Juca Fevel



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1 comentario:

Anónimo dijo...

Gracias amigo ,te sigo siempre ,en página, que cada día mi ilustra y enriquece mi vida a travez del conocimiento, un fuerte abrazo y gracias.
Ámadeo Ricardo Mirabelli