sábado, 3 de septiembre de 2022

ASI PIENSA UN BRITANICO SOBRE MALVINAS

 





Nota de dp: 


Hago conocer este documento elaborado por un ciudadano británico y activista acérrimo de la causa a favor del Reino Unido sobre la soberanía de las Islas Malvinas. 

Es bueno estar enterado de como piensa el “adversario” y como usa los argumentos a su favor, cuando los mismos seguramente tienen otra forma de ser interpretados o asumidos por la otra parte, en este caso la Argentina. Vemos también como se manipula y tergiversa lo antes dicho con el propósito de encontrar sustento jurídico o de hecho.

Puede que quede un debate abierto que sin dudas nos hará ver una línea argumentativa muy distinta y saber como contrarrestarla, llegado el momento.

Pero más allá de esto, nada ni nadie, podrá en verdad cuestionar nuestros derechos y amor por las islas irredentas.

Las Malvinas fueron, son y serán Argentinas…




dp






Malvinas: Dos actos de fuerza (1833 y 1982). Uno de ellos ilegal.


Por Stephen Potts

International Law


Jurist, historical and political researcher focusing on the Falklands and Gibraltar


 



Reclamos Argentinos de Soberanía Ilegítimos

1. Herencia: Argentina sostiene que heredó a las Islas Malvinas de España, un proceso que aplica el principio de “UtiPossidetis Juris” en el cual los nuevos estados heredan el territorio y las fronteras de las anteriores provincias coloniales. UPJobliga sólo a aquellos países que lo aceptan y estos no incluyen al Brasil, Gran Bretaña o España. Nunca se ha arbitrado sobre la aplicación de UPJ sin tener previamente acuerdo entre las partes para su aplicación.


2. Establecimientos de Argentina: Argentina reclama soberanía sobre las Islas Malvinas desde 1820-1833 por ocupación efectiva

y sostienen que los británicos abandonaron a las Islas. La ley internacional de la época estipula que: “La ley de las naciones por lo tanto no reconocerá la propiedad y soberanía de una nación sobre un territorio deshabitado, excepto aquellos de los cuales haya tomado posesión real, en los cuales ha constituido establecimientos, o de los cualeshace uso .. “ y  “solamente en casos de posesión prolongada, continua, no disputada, sin interrupción es posible establecer una proscripción… Pero el caso es diferente cuando se trata de sólo unos pocos años ..” Jewett no dejó ningún establecimiento y Vernet solicitó aquiescencia del Cónsul británico en Buenos Aires en dos ocasiones antes de establecer sus colonias. Los británicos protestaron cuando se enteraron de los nombramientos de Vernet y de Mestiver por parte de las Provincias Unidas.


3. Tratado de Paz: En 1850 Argentina ratificó La Convención de Paz con Gran Bretaña, “ Una Convención para restablecer

 Amistad Perfecta entre Su Majestad Británica y la Confederación de Argentina”, está así escrito en el preámbulo del Tratado.

Aunque específicamente no son mencionadas las Islas Malvinas, la ley vigente en ese tiempo establece que: “Un tratado de paz deja todo en el estado en que se encuentra a menos que se hayan hecho reservas expresas al contrario. Los estados de posesión se mantienen excepto aquellos que son alterados por los términos en el tratado. Si nada se dice con respecto a tierra o lugares conquistados, permanecen entonces con el conquistador cuyo título después no podrá ser disputado”.

 

4. Población Implantada: La doctrina legal concerniente a la transferencia de una población es que está prohibida y esto entró en vigor con La Cuarta Convención de Ginebra en 1949; no se puede aplicar en forma retroactiva y por lo tanto no es aplicable a las Islas Malvinas. La ONU considera que la autodeterminación es aplicable a “poblaciones implantadas” basándonos para decir esto en los territorios del Caribe como Anguila en donde un 90% de la población desciende de la trata de esclavos. En forma similar, la ONU claramente considera que estos territorios tienen derecho a la autodeterminación como sucedió con numerosas naciones del Caribe que obtuvieron independencia con posterioridad a la Segunda Guerra Mundial.


5. Proscripción: Control efectivo. A mediados del Siglo XIX la ley establecía: “no se puede dudar seriamente que un a posesión larga, si es en forma práctica sin disputa porla fuerza, es suficiente para crear un título de soberanía”. “El lapso de tiempo es generalmente considerado como el tiempo necesario para que una generación nazca y se eduque y pase a tomar las riendas de gobierno y a observar los deberes de estado, esto provee el límite menor”. Los británicos han mantenido control efectivo desde 1833.


Protestas Sobre la Soberanía: La regla mayoritaria es que meras protestas no satisfacen en forma indefinida una defensa; pierden su utilidad si no se añaden mayores esfuerzos para arbitrar la disputa. (Chamizal Arbitration US–V-Mexico 1911)


6. UNGA 2065 XX Cuestión de las Islas Malvinas - 1965 Dic 16 -

No es pertinente ya que indica "solución pacífica" y "los intereses de los habitantes". “ Solución pacífica” fue destruida por los acontecimientos de 1982 y los "intereses de la población" ha sido sustituido en derecho internacional por la autodeterminación, esto ha sido confirmado por fallo de la CIJ y opiniones

consultivas entre 1971 y 2010 y ahora constituyen "derechos inalienables". AGONU 2734 XXV 16 de diciembre de 1970

confirmó que se incluyen los nuevos principios del derecho internacional como el de autodeterminación en la carta de las

Naciones Unidas por lo tanto autodeterminación se agrega a todas las demás obligaciones hacia estas poblaciones.

 

7. Comisión de los 24 en la ONU: Este constituye un cuerpo subsidiario de la Asamblea General de la ONU. Carece de poder de decisión. Cualquier resolución que pasa no tiene ningún significado legal y es de una relevancia nula a menos que sea endosada por la Asamblea General de la ONU.


8. Auto-Determinación: la Corte Internacional de Justicia ha hecho 5 resoluciones consultativas y una sentencia y en todas

confirma que “el derecho a la autodeterminación es aplicable a TODOS los territorios sin auto-gobierno”. No se ha hecho

excepción alguna. Una moción a tal efecto para restringir este derecho fue derrotada en el Cuarto Comité de la ONU el 20 de

Octubre de 2008 convirtiéndolo en derecho inalienable.


9. Integridad Territorial. La opinión consultiva de la CIJ Kosovo explicó en el párrafo 80 que: "la Conferencia de Helsinki sobre Seguridad y Cooperación en Europa del 01 de agosto 1975 estipulaba que, '' Estados participantes respetarán la integridad territorial de los estados participantes. '' 'Por lo tanto el alcance del principio de la integridad territorial se circunscribe a la esfera de las relaciones entre los Estados. "Por lo tanto, se reconoce que el principio de integridad territorial no incide en el derecho internacional de autodeterminación. Además, el párrafo 6 de la Asamblea General de 1514, de 1960 con respecto a la integridad territorial no puede ser aplicado retroactivamente.


10. Referendum de Malvinas en 2013: La resolución de la ONU 2625 XXV 24 Oct 1970, establece: “..la libre asociación o

integración con un Estado independiente, o emerger con cualquier otro estado político libremente determinado por un pueblo

constituyen modos de implementar el derecho a la autodeterminación por parte de ese pueblo”. El referéndum demostró que la voluntad de los Isleños de Malvinas es permanecer libremente asociados con el Reino Unido. No existe ninguna disposición que determine que la ONU deba aceptar previamente un referéndum para que el mismo tenga validez.




dp








3 comentarios:

Anónimo dijo...

Pensar que en los sesenta habíamos creado un corredor aéreo con las islas, brindábamos asistencia y educación a sus pobladores en el continente, recuerdo un surtidor de YPF y hasta correo (si mal no recuerdo), solo faltaba que los gobernantes Argentinos visitaran las islas para ver que necesitaban los habitantes (porque son gente y dentro de las islas eso había: gente con derecho a existir, como nosotros), recuerdo un matrimonio Argentino de docentes que se radicaron allí que merecieron una nota en una revista. No faltaba mucho mas para que fuera una provincia mas. Pero bueno...no fue así, le declaramos la Guerra (y los milicos y políticos se olvidaron de los combatientes y cuando estuvieron en las islas les preocupó mas que circularan por la derecha que darle suministros a sus soldados y crear una estrategia real de combate o negociación para recuperarlas). Hasta los sesenta fuimos serios, luego...
Alejandro Arone

Anónimo dijo...

Un 'relato' acomodado a su conveniencia.
¿El Peñón de Gibraltar también estaba supuestamente deshabitado?
Jorge Raúl Olguín

Anónimo dijo...

Por la diplomacia o por la fuerza Volverán, no importa el tiempo que nos lleve. Las Malvinas Fueron, Son y Serán Argentinas.
Vito Spizzamiglio