jueves, 22 de julio de 2021

LA INFLUENCIA DE LA CONSTITUCION NORTEAMERICANA

 



Más allá de los aspectos jurídicos y sus conceptualizaciones ha existido una gran influencia del preámbulo y la constitución norteamericana sobre nuestras sociedades latinoamericanas, esto también ha permitido de alguna manera una apertura en el pensar y sentir religioso.

España sometió a casi toda América a un régimen político, económico y administrativo absoluto y tiránico. Esta forma de gobierno tenía su base en un principio teológico “el rey español era investido por Dios con todo su poder gubernamental”.

Ley de Indias. Libro I título 1 ley 1. “Dios nuestro señor por su infinita misericordia y bondad se a servido de darnos sin merecimientos nuestros, tan grande parte en el señorío de este mundo, que además de adjuntar en vuestra real persona, muchos grandes reinos, que nuestros progenitores tuvieron, siendo cada uno por si, poderoso rey y señor, ha dilatado nuestra real corona en grandes provincias y tierras por nos descubiertas y señoreadas hacia partes del mediodía y ponientes de nuestros grandes reinos, etc”.

En valor proveniente de esta declaración es de vital importancia ya que cada acto del rey hacia sus gobernados radica en esta idea y desde allí emanaba todo poder.

Ley de Indias. Libro III título 1 ley 1. “Por donación de la santa sede apostólica y otros justos títulos, somos señor de las indias occidentales, islas y tierra firme del mar, océano, descubiertas y por descubrir y están incorporadas en nuestra real corona de castilla”.

Para las Américas la teoría constitucional se delimitaba a que ninguna ley que no provenía del rey podía limitar sus determinaciones, de esta manera cuando por una necesidad de regularizar la administración colonial, mejorar la defensa militar del acoso de los otros imperios, se establece el virreinato, los virreyes fueron investidos con todos los poderes necesarios para la conservación y engrandecimiento de los intereses de la corona.

El virrey entonces representa a un soberano con poderes casi absolutos, así de esta manera el virrey no permitía la existencia de instituciones populares (que representaban a los hijos de los colonos de los españoles hispanos) que pudieran intervenir en la administración de la colonia.

A pesar de la existencia de los cabildos era meramente una representación virtual (no tenían origen popular y sus atribuciones eran muy limitadas).

El absolutismo en las colonias americanas era total, absolutismo político, cuya imagen era el virrey, absolutismo económico, se implementó un sistema fiscal abusivo, y duras restricciones al comercio marítimo, y absolutismo religioso y este era el más intolerable ya que restringía y hería lo más sublime del hombre, su espíritu.




Ley de Indias. Libro 1 título 25 ley 15. “Que no concedan licencias para imprimir libros en sus distritos y jurisdicciones cualquier materia o calidad que sean, sin proceder la censura en forma esta dispuesta y se acostumbra”.

Ley de Indias. Libro 1 título 1 ley 28. “Se establece la confiscación de la mitad de los bienes a todo aquel que muriese sin confesar devotamente sus pecados y recibir el santísimo sacramento de la eucaristía, según lo dispone nuestra santa madre iglesia”.

El absolutismo español llega a impedir el libre tránsito, así las colonias estuvieron aisladas del mundo occidental y de las colonias del norte que estaban bajo el dominio de otras potencias europeas como Holanda, Francia, Portugal e Inglaterra.

Ley de Indias. Libro I título 26 ley 1. “No se pueden pasar a las indias, ni a sus adyacentes ningunos, naturales y extranjeros de cualquier estado y condición que sean sin expresa licencia nuestra (del rey)”.

La injusticia era aún mayor para los colonos ya que los españoles europeos no les daban cabida en los puestos de administración con alguna categoría. El clero regular y el secular eran los dos brazos de la iglesia, el alto clero secular estaba en manos de los peninsulares, la disciplina monacal y de las órdenes no tenían asidero en estas latitudes, no existía el voto de pobreza, la iglesia virreinal tenía un sólido y diferenciado patrimonio económico, este clero contaba con hombres de fortuna. Las órdenes religiosas en América hispánica diversificaron sus inversiones en un amplio abanico de propiedades que abarcaba el campo y la ciudad. La iglesia era ante todo un terrateniente, invertían también en la construcción, poseían chacras, quintas para abastecer trigo y hortalizas y otros productos a las ciudades, como eran propietarios de numerosas casas y cuartos de alquiler se dedicaron al corretaje, también fueron esclavistas y llegaron a invertir en actividades crediticias como prestamistas.

Las inversiones inglesas, la influencia moral de la emancipación norteamericana y la revolución francesa produjeron un gran cambio en la mentalidad y en las acciones de los latinoamericanos y el caribe.

Mientras esto sucedía en el mundo, en las Américas, la esclavitud de los africanos y la servidumbre de los indios era la mano de obra explotada por el imperio español. El artesano y el servicio doméstico era una tarea de los esclavos negro y en Brasil también se dedicaban a la producción de café, cacao y el azúcar, ahora bien, en la América hispánica los indios eran destinados al trabajo en las minas.

LOS PRIMEROS INTENTOS

Los primeros levantamientos importantes comienzan aproximadamente por 1780 que abarcaron geográficamente el sur de Perú y el norte de Bolivia.

Tupac Amaru II, un levantamiento de sello indígena que se propagó desde el Cuzco en el Perú hasta Jujuy en Argentina fue un continuo de sublevaciones que duraron dos años y fue muy sangriento, solamente en el asedio de La Paz murieron seis mil realistas y cien mil indígenas. El levantamiento más importante en este período fue el de José Gabriel Condorcanqui o Tupac Amaru II, que duró desde el 4 de noviembre de 1780 hasta el 5 de abril de 1781, quien fue muerto el 18 de mayo de 1781.

En diciembre de 1780 los hermanos Rodríguez nacidos en Oruro, Bolivia, de ascendencia española y propietarios de una mina de plata, se levantaron y llegaron a controlar la ciudad, liderando tanto a indios como a mestizos.




Las ideas y el pensamiento que emanaba de las revoluciones americana (1776) y francesa (1789) penetraban como la gota que labra la piedra a través de los libros que se difundían de manera clandestina, por otra parte, las reformas borbónicas y Pombalinas ampliaron los intercambios comerciales, aunado con la invasión napoleónica (1807) generaron el caldo de cultivo de lo próximo a suceder.

España se seguía manteniendo como un baluarte de un imperialismo absoluto teocrático y feudal, en medio de un fervor casi generalizado, las elites criollas en su mayoría temían el levantamiento de las chusmas indígenas y negros.

Surgen en el escenario de las ideas políticas, sociales e ideológicas figuras como: El padre Miguel Hidalgo. Padre José Morelos. Padre Juan Pablo Vizcardo y Guzmán. Simón Bolivar. José de San Martín. Mariano Moreno. Manuel Belgrano. Antonio José de Sucre. Agustín de Iturbide. Antonio López de Santa Ana. Toribio Rodríguez de Mendoza. Hipólito Unanue, entre otros.

Cada vez más la influencia de la emancipación de las trece colonias del norte y la revolución francesa traía consigo la impronta de ejércitos liberales y la conquista del poder. Los colonos y los hijos de estas tierras tenían la posibilidad de gobernar y dirigir los hechos de sus vidas y de estos pueblos, mientras tanto los actores sociales tradicionales como las corporaciones y la iglesia se reacomodaban en el nuevo bosquejo nacional. Mientras tanto las constituciones liberales, la proclama de derechos como la del voto, de asociación, de pensar, de la escolaridad obligatoria, de prensa, y la del culto eran anheladas por todos, quedaba aún, un largo camino por realizar como secularizar las instituciones, separar la iglesia del estado.

El proceso revolucionario de las colonias españolas de América Latina, se alimentó de traducciones de proclamas, declaraciones, constituciones y otros escritos de los grandes pensadores del siglo de las luces y del movimiento revolucionario de Estados Unidos y de Francia entre otros.

PENSAMIENTO DE ALGUNOS INDEPENDENTISTAS.

No fueron los únicos, sólo se toma como ejemplo de lo que sucedía en América latina.

Miguel hidalgo y Castilla: cura dirigente revolucionario mexicano quien fuera excomulgado.

¿Creéis que, al atravesar inmensos mares, exponerse al hambre, a la desnudez, a los peligros de la vida inseparable de la navegación, lo han emprendido para hacernos felices? Os engañáis americanos ¿abrazarían ellos ese cúmulo de trabajos por hacer dichosos a unos hombres que no conocen? El móvil de todas esas fatigas no es sino su codicia avaricia, ellos no han venido sino por despojarnos de nuestros bienes, por quitarnos nuestras tierras, por tenernos avasallados bajo sus pies. Rompamos americanos, esos lazos de ignominia con que nos han tenido ligados tanto tiempo, para conseguirlo no necesitamos sino de unirnos. Si nosotros no peleamos contra nosotros mismos … establezcamos un congreso que se componga de representantes de todas las ciudades, villas y lugares de este reino, que teniendo por objeto principal mantener nuestra santa religión, dicte leyes suaves, beneficios y acomodadas a las circunstancias de cada pueblo, ellos entonces gobernarán con la dulzura de padres, nos tratarán como seres humanos, derrotarán la pobreza, moderando la devastación del reino y la extracción del reino, fomentar las artes, se avivará la industria…

Juan Pablo Vizcardo y Guzmán. CARTA A LOS ESPAÑOLES AMERICANOS.

Esta carta bien puede ser llamada “la primera proclama de revolución”, otros como Pereira citado por Ugarte la llaman “el acta de la independencia de la América Española” se puede describir como “el manifiesto más representativo de las ideas liberales”. No existió lugar importante de América latina donde no llegase algún ejemplar de esa carta o se tuviese conocimiento de ella por fragmentos, alusiones hechas en proclamas o folletos.

Juan Pablo Vizcardo y Guzmán nació el 20 de junio de 1748 en Pampacolca, Arequipa, Perú, siendo jesuita, es expulsado de América por una sanción en contra de los jesuitas, hecha por el rey de España Carlos III, viviendo en Italia, se hizo llamar el abate Paolo Rossi, como dice Bartlori “Vizcardo no tuvo necesidad de inspirarse en los principios proclamados por los hombres de la bastilla de 1787”.

“El nuevo mundo es nuestra patria, su historia es la nuestra, y es en ella que todos nuestros deberes esenciales, nuestros más caros intereses … queridos hermanos compatriotas puesto que (España) siempre nos ha tratado y considerado de manera tan indiferente a los españoles europeos y que esta diferencia solo nos ha apartado a una ignominiosa esclavitud, decidamos ahora por nuestra parte ser un pueblo diferente, renunciemos al ridículo sistema de unión de igualdad con nuestros amos y tiranos, renunciemos a un gobierno que a una distancia tan enorme, no puede darnos, ni siquiera en parte, los grandes beneficios que todo hombre puede esperar de la sociedad a la que se encuentra unido … descubramos nuevamente América para todos nuestros hermanos de toda la tierra y nuestra recompensa no será inferior a la de todo el resto del mundo, de donde la ingratitud, la injusticia y la codicia más insensata nos han desterrado”.

Simón Bolívar. Más allá de su labor libertadora y militar su juramento en el monte aventino da una imagen de su pensamiento y acción del libertador.

… ¿con que este pueblo de Rómulo y remo, de los Gracos y Horacios, de Augusto y Nerón, de César y Bruto de Tiberio y Trajano, aquí todas las grandezas han tenido su tipo y todas las miserias de cuna … Este pueblo ha dado para todo, menos para la causa de la humanidad, aquí latas virtudes y crímenes groseros, pero para la emancipación del espíritu, para la extirpación de las preocupaciones, para el enaltecimiento y para la perfectibilidad de su razón, bien poco por no decir nada … juro delante de usted, juro por el dios de mis padres, juro por ellos, juro por mi honor y juro por mi patria que no daré descanso a mi brazo, ni reposo a mi alma, hasta que haya roto las cadenas que nos oprimen por voluntad del poder español”.

De 1808 a 1826 el imperio español dio lugar progresivamente a una quincena de estado-naciones y Brasil bajo la tutela portuguesa llegó a la independencia, pero bajo un régimen monárquico constitucional fundado por la casa Braganza en el exilio.

Fue la proclamación de los estados independientes una oportunidad para emancipar a las masas indígenas, negras y mestizas, ¿qué clase de pueblo se formaría?, ¿cómo sería un gobierno si no había experiencia anterior? ¿Cómo llegar a una justa libertad?

REVOLUCION DE MAYO (ARGENTINA)

Mitre comenta “al empezar el año 1810 la revolución argentina estaba consumada en la esencia de las cosas, en la conciencia de las cosas y en las tendencias irresistibles de la opinión, que hacen converger las fuerzas sociales hacia un objetivo determinado. Ese objetivo era el establecimiento de un gobierno propio, emancipación de la voluntad general y representante legítimo de los intereses de todos. Para conseguirlo era indispensable pasar por una revolución y esa revolución todos los comprendían, todos la sentían venir

Pero esto comprendía dos problemas políticos que no podían ser resueltos de inmediato:

  1. La emancipación del reino de España.
  2. Cómo organizar el nuevo régimen nacional.

El problema iba bien, cada vez más se extendía un sentimiento patriótico y libertario en Hispanoamérica, y con respecto al como organizarse sí tenían un gran problema, ya que no tenían experiencia, por lo tanto, algunos estudiosos como Moreno entre otros, buscaron sus referencias en Montesquieu u Rousseau y se contactaban con representantes de las instituciones republicanas y federales de los Estados Unidos del norte de América. Los americanos del norte necesitaron de muy poco tiempo para realizar la organización constitucional de su pueblo, ya que ellos a diferencia de los del sur sí poseían la experiencia cívica, judicial y administrativa.

En estos países estaba todo por crearse.




EL PREAMBULO DE LA CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS.

Era de vital importancia lograr un consenso que unifique todos los criterios, existía un grito ahogado de libertad, pero sin tener una idea clara y práctica del que hacer.

El preámbulo y la constitución norteamericana, y la influencia de la declaración de los derechos del hombre de la revolución francesa, crearon el marco teórico en el cual se movieron nuestros libertadores, héroes y hombres de bien.

El preámbulo de las constituciones, ocuparían un lugar muy importante ya que éste marcaría la ideología de la propia carta constitucional.

Esta declaración y en este caso el preámbulo no crea en sí derecho alguno, sino que los reconoce ya que existen con anterioridad, también debería cumplir con una característica pedagógica, ilustrativa, animadora y propulsora del rompimiento de las cadenas de la ignorancia y la de buscar ser abrazada por el hombre en la búsqueda de derechos. También debería ser organizativa y propulsora de un optimismo positivo.

Este preámbulo debería dejar en claro el concepto de soberanía de la ley y de la libertad, el ejemplo más claro en esta búsqueda es la primigenia constitución argentina, su preámbulo fue tomado del preámbulo de la constitución de los Estados Unidos redactada por los delegados de los doce estados en la convención de Filadelfia de 1787.

De esta manera en preámbulo y su constitución han dejado de ser un estatuto nacional, sino que se ha convertido en parte del patrimonio común de toda América, llegando así al establecimiento de forma de gobiernos republicanos, separando los poderes en tres ramas (legislativo, ejecutivo y judicial) alejándose del modelo parlamentario europeo y por ende acercándose al presidencialismo norteamericano.

Estos nuevos gobiernos se establecieron con poderes limitados, incluyeron declaración de derechos, estas fueron supremas y rígidas. Así cada país ha generado de acuerdo a sus hábitos y cultura, principios claros de constitucionalismo.

OBJETO DEL PREAMBULO.

Tomemos como ejemplo el preámbulo de la constitución de Filadelfia y la de Argentina.

Preámbulo de la constitución de los Estados Unidos:

Nos, los representantes de los Estados Unidos con objeto de formar una unión más perfecta, establecer justicia, asegurar la tranquilidad doméstica, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para nuestra posteridad, ordenamos y establecemos esta constitución para los Estados Unidos de América”.

Preámbulo de la constitución de la Argentina: “Nos, los representantes del pueblo de la nación Argentina, reunidos en congreso general constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino, invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta constitución para la nación Argentina

No fue un hecho casual, ni una burda imitación, se buscaba claramente seguir el ejemplo de la república más antigua de América, y su influencia era notoriamente fuerte, el Dr. José B. Gorostiaga, miembro de la comisión del congreso, en la sesión del 20 de abril de 1853 hablando de la constitución argentina decía “estaba vaciando en el molde de la constitución de los Estados Unidos modelo de la verdadera federación que existe en el mundo” y aún la voz de este mismo congreso declaró de manera oficial hablando de la federalización de la ciudad de Buenos Aires “la federación será bien entendida si se comprende como en los Estados Unidos del norte” (sesión del 3 de mayo de 1853).

Una de las primeras conclusiones que observamos es que gracias a la influencia de la constitución norteamericana el estado argentino adopta una forma de gobierno representativo, republicano y federal.

Lino de la Torre comenta: “el sistema de gobierno que nos rige no es una creación nuestra, lo hemos encontrado en acción, probado por largos años de experiencia y nos lo hemos apropiado”.

Los preámbulos de ambas constituciones son muy semejantes, sus propósitos declarados son casi idénticos y su objeto es el mismo, no se busca analizar detalladamente los preámbulos de ambas constituciones, sólo dejar en claro que el derrotero de las repúblicas y la democracia que se inició en Filadelfia en 1787 ha sido enriquecido y fortalecido por teóricos, constitucionalistas, libertades y pueblo en general, como un tren que lleva esa carga de libertades y derechos depositando su impronta como patrimonio en los países de toda América.

Si bien es cierto existen diferencias en el aspecto judicial a causa de los diferentes sistemas de control (consuetudinario, que es la base del sistema norteamericano, y la América latina influenciada de la revolución francesa donde el derecho civil tenía poco control judicial sobre el gobierno).

Doscientos veinte años sigue aún vigente la necesidad de este preámbulo, no es una mera ilusión, sino que es el fin y el punto de referencia de la vida de los hombres de América.

En todos los países de América, aún a pesar de sus épocas de dictaduras, siempre ha habido un espíritu constitucional que en sus peores momentos ha servido como un eje impulsor, una estrella que marca el camino de regreso a un estado normal y apropiado donde los derechos más esenciales de un hombre no se debaten como la educación, imprenta, vivienda, libre tránsito, de conciencia y religión.

Ese espíritu que impulsó a los hombres de Filadelfia y a los hispanoamericanos, es más que un deseo de tener un gobierno constitucional, es el conocimiento, ya que gracias a ella las barreras y cortinas yacen caídas y otros hombres en facultad de sus plenas libertades y para fines mayores puedan establecer los cimientos de un gobierno mayor.

Mientras tanto:

Alberdi sostenía que la patria es la libertad, es el orden, la riqueza y la civilización, organizados en el suelo nativo bajo su enseña y en su nombre.

Rosas, el caudillo argentino se preguntaba ¿Por qué combatimos? Combatimos por volver a las ciudades su propia vida, esto es, por reintegrarlas a la modernidad venciendo el espíritu medieval.

Sarmiento decía que Buenos Aires se cree una constitución de Europa y si no confiesa francamente que es francesa y norteamericana en su espíritu y tendencia, niega su origen español.

Bilbao, para fortificar América sería necesario o el predominio absoluto del catolicismo con todas sus consecuencias como en Roma o el predominio de la libertad como en los Estados Unidos.

Esta dicotomía era en el fondo la lucha de dos estilos de vida, el catolicismo y el republicanismo, esta impronta se ha mantenido en toda América del sur.


Autor: Juca Fevel



Bibliografía

Ley de Indias. Libro I

Ley de Indias. Libro III

Comentado por Abelardo Villegas (editor) antología del pensamiento social y político de América latina. Washington dc, Universidad Panamericana 1964.

Historia del Perú por Jorge Basadre.

Carta a los Españoles Americanos por Juan Pablo Vizcardo y Guzmán.

Mocedades de Bolívar…frases de Simón Bolívar. Libro anónimo.

Historia de Belgrano, edición 1876, tomo 1, pág. 250 Por Mitre.

Preámbulo de la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica

Preámbulo de la Constitución de la Argentina.

Libro de sesiones del Congreso Argentino de la sesión del 3 de mayo de 1853.



dp 




3 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy buen artículo que aún creo no es bien sabido. Gracias,
Susana Fedurko

Anónimo dijo...

Que mas decir, que agradecerte Daniel por compartir tan buen e interesante articulo....gran abrazo.

Anónimo dijo...

Muy interesante el artículo.
José Collo